NORMATIVIDAD SOBRE ADULTO MAYOR
DERECHOS
Las personas adultas mayores, (definidas por la Organización Panamericana de la Salud como personas de 60 años o mas), son poseedoras de derechos inalienables en tanto que persona humana, como el derecho a la vida, a tener un nombre, etc; las personas adultas mayores son poseedoras también de derechos como ciudadanos, en tanto que son protegidos por un estado sujetándose a deberes y derechos.
Pero por constituir un grupo social en aumento y que en contextos como el nuestro pueden verse vulnerados sus derechos, nuestras leyes han contemplado derechos especialmente dirigidos a este grupo poblacional que van de acuerdo a sus necesidades como persona adulta mayor.
Aquí les brindamos los derechos específicos para personas adultas mayores contemplados en las leyes peruanas.
Las Personas Adultas Mayores tienen derecho a:
-
La atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público. (Ley 27408)
-
A contar con asientos reservados en los vehículos de transporte público de pasajeros Resolución. (D.M. 081-2001/ MMLDMTU)
-
A la igualdad ante la Ley y a no ser discriminados. (Constitución Política del Perú, Art. 2)
-
A participar en forma individual o asociada en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. (Constitución Política del Perú, Art. 2, inciso 17).
-
A ser protegido por el estado. (Constitución Política del Perú, Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002-2006)
No hay comentarios:
Publicar un comentario